MÉXICO ES RESPONSABLE POR VIOLAR LA LIBERTAD PERSONAL Y LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA POR LA APLICACIÓN DEL ARRAIGO Y DE LA PRISIÓN PREVENTIVA
Sentencia Condenatoria vs México caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México San José, Costa Rica, 27 de enero de 2023 La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció en su sentencia como medida de reparación integral dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo y la prisión preventiva, incorporando un párrafo que les recuerda a los órganos vinculados a la administración de justicia en todos sus niveles su OBLIGACIÓN de ejercer ex officio un control de convencionalidad entre las normas internas y la Convención Americana, reiterando que cuando un Estado ha ratificado un Tratado Internacional todos sus órganos están sometidos a dicho tratado. A continuación se transcribe el párrafo 219 de la sentencia condenatoria vs México: "...de acuerdo con lo expuesto, se recuerda que las autoridades internas, al aplicar las figuras del arraigo o de la prisión preventiva, deben ejercer un adecuado control de convencionalidad para que las misma...