MÉXICO ES RESPONSABLE POR VIOLAR LA LIBERTAD PERSONAL Y LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA POR LA APLICACIÓN DEL ARRAIGO Y DE LA PRISIÓN PREVENTIVA




Sentencia Condenatoria vs México
caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México
San José, Costa Rica, 27 de enero de 2023

La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció en su sentencia como medida de reparación integral dejar sin efecto en su ordenamiento interno las disposiciones relativas al arraigo y la prisión preventiva, incorporando un párrafo que les recuerda a los órganos vinculados a la administración de justicia en todos sus niveles su OBLIGACIÓN de ejercer ex officio un control de convencionalidad entre las normas internas y la Convención Americana, reiterando que cuando un Estado ha ratificado un Tratado Internacional todos sus órganos están sometidos a dicho tratado.

A continuación se transcribe el párrafo 219 de la sentencia condenatoria vs México:

"...de acuerdo con lo expuesto, se recuerda que las autoridades internas, al aplicar las figuras del arraigo o de la prisión preventiva, deben ejercer un adecuado control de convencionalidad para que las mismas no afecten los derechos contenidos en la Convención Americana de las personas investigadas o procesadas por un delito. En ese sentido, corresponde reiterar que cuando un Estado ha ratificado un tratado internacional como la Convención Americana, todos sus órganos, incluidos sus jueces, están sometidos a aquél, lo cual les obliga a velar por que los efectos de las disposiciones de la Convenciónno se vean mermados por la aplicación de normas contrarias a su objeto y fin, por lo que - en el marco de sus respectivas competencias y de las regulaciones procesales correspondienteslas magistraturas y órganos vinculados a la administración de justicia en todos los niveles están en la obligación de ejercer ex officio un control de convencionalidad entre las normas internas y la Convención Americana, y en esta tarea, deben tener en cuenta no solamente el tratado, sino también la interpretación que del mismo ha hecho la Corte Interamericana, intérprete última de la Convención Americana"


Sentencia caso Tzompaxtle Tecpile y otros vs México.
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