Renueva tu Título de Concesión - CONAGUA
DECRETO por el que se establecen facilidades administrativas para la renovación de títulos de concesiones o asignaciones de aguas nacionales.
Este 14 de marzo se publicó en el D.O.F el decreto por el que se establecen facilidades administrativas para renovar los títulos de concesión de aguas nacionales otorgados para uso agrícola y pecuario, cuyos volúmenes sean menores de 50 mil m³, y de asignación para uso público urbano y doméstico, cuya vigencia, en ambos casos, haya expirado en un plazo dentro de 10 años anterior a la fecha de publicación del presente decreto, y no se haya solicitado prórroga en el plazo establecido en el párrafo segundo del artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales.
Los títulos de concesión y de asignación objeto del presente decreto deben estar inscritos en el Registro Público de Derechos de Agua.
Este trámite puede realizarse en línea en la plataforma denominada Buzón del Agua mediante el uso de la firma electrónica FIEL, si requieres apoyo para prorrogar tu título de concesión no dudes en contactarme, con gusto puedo asesorarte, cuento con los conocimientos y experiencia necesarias para tramitar tu solicitud no importa el lugar de la república donde te encuentres pues el trámite es en línea. Me puedes enviar un correo a: abogadomercado@gmail.com o un mensaje de whatssapp al 2281775947.
Lic. Roberto Pablo Mercado Zamora
Xalapa, Veracruz
- Escrito libre por el que solicite la adhesión al DECRETO
- Fotocopia del título de concesión o asignación vencido;
- Identificación oficial vigente, en original y fotocopia simple para su cotejo;
- Tratándose de personas morales, el documento certificado con el que acredite su legal constitución, así como su representación;
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC), o bien, Clave Única de Registro de Población (CURP), y
- Comprobante del pago de derechos de los servicios de estudio y trámite y, en su caso, autorización de la prórroga de títulos de asignación o concesión, conforme a lo previsto por el artículo 192, fracción I, de la Ley Federal de Derechos, con excepción de los casos previstos en el artículo 192-D del mismo ordenamiento.
Puedes consultar el DECRETO en el siguiente enlace:
https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5682767&fecha=14/03/2023#gsc.tab=0
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