Veracruz - Ultrajes a la autoridad -
La restricción de derechos y la represión en Veracruz por el delito de “ultrajes a la autoridad”.
La reforma al tipo penal de ultrajes a la autoridad representa un riesgo a las libertades de expresión, reunión, asociación y libre manifestación de las ideas en Veracruz, advirtieron académicas de la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana al participar en DefiendeTV por TeleClic.tv y alcalorpolitico.com, bajo la moderación del Licenciado Roberto Mercado.
La académica Sidney Ernestina Marcos Escobar observó que existe una tendencia en el Derecho a derogar el tipo penal de ultrajes a la autoridad, aunque en el caso de Veracruz, el Congreso “reforzó” las sanciones a los infractores de dicho delito.
“Es de preocupación no sólo nacional, sino internacional porque debido a la criminalidad y la criminalización de ciertas conductas, la tendencia es a la derogación del tipo penal de ultrajes a la autoridad”, dijo.
Recientemente, cabe señalar, la Facultad de Derecho se pronunció públicamente para criticar las modificaciones al Código Penal que hizo el Congreso local.Marcos Escobar explicó que una de las cuestiones que captaron la atención de los docentes radica en el aumento de las sanciones privativas de la libertad por ultrajes a la autoridad, sin embargo, las medidas más severas no ofrecen una respuesta a los hechos delictivos o el fenómeno criminal en un Estado.
“El tipo penal ultrajes a la autoridad estaba un tanto fuera de lugar en esta canasta de análisis en la que quisieron conformar todas estas situaciones”.
Añadió que las y los docentes de la Facultad de Derecho analizaron desde una perspectiva social la Reforma al Código Penal aprobada por el Congreso, desde un enfoque de derechos humanos y derecho penal.
“En forma sistemática y con ciertas acciones estatales, en lugar de lograr el respeto a los derechos humanos, la maximización de estos, la protección más amplia, como a través de acciones de autoridad vamos en sentido inverso, a la restricción”, dijo.
Además, se criminaliza de una manera vaga, ambigua e imprecisa el tipo penal ultrajes a la autoridad y la tendencia nacional es derogar dicho delito, siendo 11 las entidades federativas donde hoy se contempla.
“Estamos hablando de una conducta de gran lesividad a los bienes jurídicos”.
La académica Sidney Marcos recalcó que los argumentos para incrementar las sanciones carecen de soporte fáctico, esto es, no existen datos duros para justificar la elevación de las penas y la criminalización de las conductas.
“Se van a percatar de la serie de argumentos y contradicciones, en realidad, que hay dentro de este mismo texto que a modo de exposición de motivos trata de justificar la pena de ultrajes a la autoridad”.
Dijo que la exposición de motivos esboza un escenario en el Estado, en donde los veracruzanos no respetan las instituciones de seguridad pública y a sus elementos.
Por su parte, la maestra en derecho, Rosa Hilda Rojas Pérez, enfatizó que se vulneran derechos fundamentales de la persona, como la libertad de expresión, la libertad de reunión, la libertad de asociación y de la libre manifestación de ideas.
“Este delito no sólo afectaría a los medios de comunicación sino a todo aquel ciudadano que expresara su pensamiento o un reclamo y lo hiciera de forma colectiva”.
Calificó la reforma de “represiva”, porque la tendencia de dicha reforma por reforzar las penas no representa una solución para una convivencia en paz.
Y si bien observó que los ciudadanos respetan a los cuerpos policiacos, son éstos quienes deben respetar a los ciudadanos y la reforma incluye un doble error al considerar dentro de esta a todos los “servidores públicos” y no sólo a la autoridad.
Igual sentido expresó la doctora en derecho y docente de la UV, Esperanza Sandoval Pérez, al advertir una falta de estudio de parte de los legisladores de las conductas antisociales relacionadas con el delito de ultrajes a la autoridad.
“Cuando se trata de elevar las penas, tendríamos que ver las estadísticas sobre cuántos casos relacionados se han resuelto de manera desfavorable porque no se aplicó la pena adecuada”.
Y recordó que el Derecho Penal debe utilizarse como una prevención, no como una represión, sino para prevenir la repetición de conductas delictivas o la actuación en un determinado caso.
“En el tipo penal de ultrajes a la autoridad, el legislador tiene que especificar a qué autoridad te estás refiriendo, porque en la redacción del tipo nos habla a un servidor público y hay una gran diferencia entre una autoridad y un servidor público y para tales efectos, el mismo código penal nos dispone quién tiene el carácter de servidor público”.
Fuente:
rpmz
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